PROYECTO DE GESTIÓN DE RIESGOS EN EL CONSULTORIO DENTAL
“Programa nacional de prevención de riesgos sanitarios en odontología”
Compartimos con la comunidad de Odontólogos del Ecuador el artículo Proyecto de Gestión de Riesgos en el Consultorio Dental. Se ha colocado un fragmento del artículo completo a manera de introducción. Al final de la publicación se encuentra en enlace al documento completo:
EVENTOS ADVERSOS EN ODONTOLOGÍA:
ACCIONES JURÍDICAS EN SALUD:
Hablar de las acciones jurídicas en salud es hablar de la Judicialización de la salud que significa “llevar por la vía judicial, legal o jurídica, un proceso de reclamación o demanda”. Se habla de la Judicialización a los conflictos legales antes y después de la atención sanitaria. Es un tema de actualidad por la ya frecuente práctica de iniciar ACCIONES LEGALES contra los profesionales de la salud: médicos, odontólogos, enfermeras, etc., lo cual constituye una amenaza real al ejercicio profesional, donde se observa que cada vez se incrementa con mayor intensidad.
La judicialización de la salud, excesiva y sin control ético, lleva a deteriorar la relación profesional-paciente y a fin de cuentas, a ENCARECER EL ACTO profesional sanitario.
Últimamente existe un importante incremento de reclamaciones ante la administración de Justicia por supuesta “MALA PRACTICA PROFESIOANAL”. Esto genera un cambio de actitud profesional y nos prepararnos para actuar en defensa de nuestras actividades y plantear la llamada "Medicina Defensiva" con el fin de evitar en lo posible conflictos de tipo legal con los pacientes y familiares reclamantes, que en varias ocasiones va en menoscabo de la relación paciente - profesional identificándose el daño moral o material del paciente, del propio profesional y del presupuesto sanitario de los servicios de salud públicos y privados del país.
Las sanciones que se aplican están establecidas en el Código Orgánico Integral Penal, COIP vigente desde el año 2.015, y del Código Orgánico de la Salud, que obliga a la Federación Odontológica Ecuatoriana y a los Colegios Odontológicos Provinciales a establecer y definir acciones en defensa de sus socios o agremiados y aun de aquellos que sin ser federados necesiten de nuestra ayuda o asistencia legal.
Defender al profesional implica definir acciones antes, durante y después dela actividad profesional, y proponemos mejorar el ejercicio profesional con el desarrollo de diversas actividades informativas, educativas y científicas, así:
- Un antes: con el desarrollo e implementación de medidas educativas y preventivas:
a.- Educativas: conferencias, talleres, cursos de corta y larga duración, talleres de competitividad y ética profesional, marketing, gestión de consultorios, farmacología y terapéutica, asesoría legal, licenciamiento, recertificación profesional. Conocimiento, análisis y aplicación de los documentos para registros de atención diaria, elaboración de informes y partes diarios, formularios para recetarios, etc.
b.- Preventivas: obtención de seguros de Responsabilidad Civil Profesional y seguros para el consultorio o servicio odontológico dentro del plan de gestión de consultorios
- Un durante: si se presentara un evento adverso, asesorar al profesional para hacer un seguimiento del caso procurando evitar una demanda o reclamación, inclusive brindar asesoría legal que lleve a un entendimiento de resarcir el daño lo antes posible.
- Un después: si se presenta un evento adverso y esto ha generado una acción judicial se brinda inmediatamente la asesoría legal con la consecuente defensa al profesional aplicando el seguro de responsabilidad civil establecido por la FOE y hacer el seguimiento del caso precautelando el buen nombre del profesional ante una demanda o reclamación.
Atención dental profesional: Las atenciones que se brindan en odontología buscan beneficiar al paciente integralmente y los profesionales tienen la obligación de NO CAUSAR DAÑO. Sin embargo, existen acciones sanitarias: médicas u odontológicas que conllevan la probabilidad de EVENTOS ADVERSOS.
En nuestro país, cualquier acción error u omisión en una acción de salud, puede generar la obligación de resarcir los daños y perjuicios que una persona acredite haber sufrido, pudiendo hacerse exigible dicha responsabilidad tanto al profesional como al establecimiento.
El aumento en las reclamaciones y/o acciones judiciales se dan por la utilización de los sinónimos de NEGLIGENCIA a conceptos como “accidente”, “incidente”, “iatrogenia”, “error médico”, “complicación”, “mala práctica”, etc. Esta variada terminología proviene del hecho que el énfasis se ha puesto en diferentes aproximaciones que van desde la frecuencia o gravedad, la existencia o no de daño, el agente causal, la previsibilidad, etc.
Entre las causas que explican el aumento de la judicialización tenemos:
- Expectativas insatisfechas del paciente.
- Limitación de recursos en salud.
- Información profesional incompletao inadecuadamente procesada.
- Mala comunicación profesional-paciente.
La asistencia sanitaria es, sin duda, una actividad compleja que entraña RIESGOS POTENCIALES y en la que NO existe un sistema capaz de GARANTIZAR LA AUSENCIA DE EVENTOS ADVERSOS, ya que se trata de una actividad en la que se combinan factores inherentes al sistema con actuaciones humanas y la respuesta biológica del propio paciente o usuario del servicio de salud.